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TE MANTENDREMOS INFORMADO DE LAS ULTIMAS NOTICIAS EN MATERIA TRIBUTARIA Y CONTABLE.   pero si quieres saber mas de estos temas y otros  no dejes de visitar nuestro BLOG. 

RUT DIAN
PYMES NIIF
Noticia 1. GUÍA PARA ACTUALIZACIÓN DE RUT – OBLIGADOS A LLEVAR CONTABILIDAD

ACTUALIZAR LA HOJA 1 CON LA SIGUIENTE RESPONSABILIDAD      42 Obligado a llevar contabilidad.

Lo deben registrar todas las personas naturales y jurídicas que se encuentren obligadas a llevar contabilidad:

El artículo 19 del Código de Comercio señala que está obligado a llevar contabilidad, de todas sus operaciones diarias y conforme a las prescripciones legales, todo aquél que sea considerado comerciante,independientemente de si es una persona natural o jurídica.

Todo contribuyente que pretenda hacer valer la contabilidad como medio de prueba para efectos fiscales.(Artículo 772 E.T.)

Decreto 2500 de 1986 y artículo 364 del E.T. (Decreto 2707 de 2008 Reglamenta parcialmente el art. 364 E. T. Libro Fiscal de Operaciones Diarias) : Todas las Entidades Sin Ánimo de Lucro–ESAL, con excepción de las entidades de Derecho Público y las Juntas de Defensa Civil.

Decreto 4400 de 2004: Todos los contribuyentes del Régimen Tributario Especial. Ley 190 de 1995– artículo 45: Todos los servidores públicos sean personas jurídicas o personas naturales que cumplan los requisitos señalados en esta ley.

Ley 743 de 2002–Artículo 72, literal g y Decreto 2350 de 2003–artículo 27: Las organizaciones de acción comunal

Decreto 1878 de 2008: Las empresas comerciales que se encuentren en las condiciones previstas en el numeral 3 del artículo 2° de la Ley 590 de 2000 (micro,pequeñas y medianas empresas)  En general todas las personas naturales y jurídicas que deban aplicar algún marco contable derivado de la Ley 1314 del 2009.

FUENTE :DIAN

Noticia 2.  Llegó la hora de que las Pymes se pasen a NIIF

El turno de ajustar el esquema contable a las normas internacionales NIIF le corresponde ahora a las pequeñas y medianas empresas del país. ¿Están preparadas?

 

El adiós al extinto Plan Único de Cuentas (PUC), el sistema tradicional para llevar la contabilidad en Colombia, tocó la puerta de las pequeñas y medianas empresas del país, que ahora se alistan para la convergencia hacia un nuevo modelo contable.

RETENCION EN LA FUENTE
Noticia 3. Retención en la fuente en 2018 aplicaría a salarios mensuales de $4’475.788 en adelante
 
Al tener en cuenta la inflación causada en entre el 1° de octubre de 2016 y el 1° de octubre de 2017, que fue de 4,07%, ya se puede establecer para el año 2018 la variación que tendrá la Unidad de Valor Tributario (UVT), con la que se calculan la base gravable de varios de los impuestos a pagar el próximo año.  En los próximos días se expedirá la resolución con la que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) determinará oficialmente el monto de la UVT, que sería de 32.155 pesos, es decir, 1.296 pesos más que la UVT vigente este año.  Esta unidad es el referente para todos los pagos que se hacen ante la Dian y data del 2006. Conocer de antemano este valor es clave para empezar a planear los recursos que necesitará el año entrante a la hora de cumplir con esta obligación tributaria. 

a partir de la reforma del 2016 desapareció la tarifa mínima de retención en la fuente para empleados y ahora solo aplica la retención ordinaria para rentas laborales.  Así, si el salario proyectado a partir del cual la Dian hará retención en la fuente es de 4’475.788 pesos, a este le aplicarán en el próximo año las deducciones básicas: pago obligatorio a pensiones (4 por ciento), al igual que el 4 por ciento que se aporta a la salud y el 1 por ciento de aporte a la solidaridad, que aplica para salarios superiores a 4 salarios mínimos.

 

Luego de estas restas, en el 2018 entrará a jugar también la exención del 25 por ciento de la renta laboral, que aplica de manera general (porque ya no habrá más impuesto mínimo alternativo –Imán–). Pero es clave tener presente que, con la reforma del 2016, “la suma de todas las deducciones y rentas exentas no debe sobrepasar el 40 por ciento del valor de los ingresos netos”.

SIC JIREH


Tel: 319 5558093
Email: viveve12@hotmail.com
 
           Bello - Antioquia.

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